El nuevo Real Decreto-Ley 9/2020 ha implementado una medida que ha resultado muy llamativa para la ciudadanía, llegando a decirse que se ha prohibido el despido. En este artículo pretendemos contestar de forma satisfactoria a esta pregunta.
Las nuevas normas, al igual que los datos y las noticias, se están sucediendo sin cesar en esta crisis que estamos viviendo en España como consecuencia de la pandemia del Coronavirus, o COVID-19. Una de ellas es el Real Decreto-Ley 9/2020, tras cuya publicación se han sucedido numerosos titulares acerca de la supuesta “prohibición del despido”. En nuestro despacho de abogados laboralistas en Cartagena, de hecho, nos están llegando, de hecho bastantes consultas al respecto del despido durante el confinamiento.
El Artículo 2 de esta norma, dice:
“La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.”
Real Decreto-Ley 9/2020, Artículo 2.
Esto es, no se podrá alegar la existencia de esta pandemia y sus consecuencias negativas en la economía para producir un despido objetivo. Nada dice esta norma acerca de que no puedan producirse extinciones de contratos de trabajo, sino que no podrán utilizar la coyuntura actual como causa. Se puede, por tanto, despedir a un trabajador, si bien, dicho despido acabará siendo improcedente. No se ha prohibido, en consecuencia, el despido. Siguen pudiendo darse varios tipos de despidos.
La consecuencia práctica, por tanto, de esta norma, no será otra que el encarecimiento del despido, que pasaría de ser objetivo a improcedente. Se incrementaría por tanto la cuantía de la indemnización de 20 a 33 días de salario por año trabajado. Sin embargo, habrá que ver hasta qué punto esta medida es suficiente como para evitar que se produzcan despidos. Todo apunta, no obstante, a que no lo será.
Puede encontrar más información sobre sus derechos laborales ante el coronavirus, en nuestro artículo referente a esta materia.