Monthly Archive diciembre 2020

¿Para qué sirve el FOGASA?

En nuestro despacho de abogados laboralistas en Cartagena somos conscientes de la convulsa situación a nivel laboral. Muchos trabajadores están todavía en ERTE y muchas empresas están teniendo que cerrar por la pandemia. Ante ello, las instituciones públicas haciendo un importante esfuerzo económico en dar ayudas a unos y otros. Unas ayudas de esa índole, son las del FOGASA.

¿Para qué sirve el FOGASA?

Pero, ¿qué es el FOGASA?

El FOGASA, siglas de Fondo de Garantía Salarial, es un Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social. Garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario.

Y entonces, ¿para qué sirve el FOGASA? El FOGASA, pues, concede una serie de prestaciones que vienen a suplir impagos del empresario. Dichas prestaciones tienen una serie de límites cada año. En este artículo hacemos referencia a las de 2020. Los límites se cuantifican en función de un salario módulo equivalente al doble del SMI, con inclusión de pagas extras. Dichas cantidades son:

  • Salario mínimo interprofesional diario para 2020 (SMI): 31,66 euros.
  • Doble del SMI diario, con prorrateo de extras: 73,70 euros.
  • Límite Salarial: 8.844,00 EUROS. Un máximo de 120 días.
  • Límite Indemnizaciones: 26.900,50 EUROS. Quedan excluidas las indemnizaciones reconocidas en conciliaciones administrativas, salvo las derivadas de ERE.

Además, que para despidos declarados improcedentes, nulos o para extinciones por voluntad del trabajador el FOGASA abonará 30 días por año. Ello, a pesar de que el juez condene a pagar a la empresa 45 o 33 días de indemnización.

En caso de despidos objetivos y extinciones colectivas (EREs), 20 días por año.

Para indemnizaciones por extinción de contratos temporales o de duración determinada:  Los 12 días por año a partir del 1 de enero de 2015. Dicha cantidad es la establecida por el Estatuto de los Trabajadores.

Además, el FOGASA no incluye en la cobertura de garantía salarial los pluses de distancia, transporte, vestuario, quebranto de moneda, desgaste de útiles y herramientas, dietas, complementos de incapacidad temporal y cualquier otro de naturaleza indemnizatoria.

Lógicamente, todo esto no son más que unas simples guías y referencias a fin de aclarar las dudas más básicas. En nuestro despacho de abogados en Cartagena atendemos a menudo cuestiones como esta u otras relacionadas. Por ejemplo, acerca de los cómo actuar ante un despido, o los tipos de despido más comunes.

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